Concepcion Arenal 2900 | LOB2711

FICHA

  • Producto Departamento Dúplex
  • Operación Alquiler
  • Barrio Colegiales
  • Ambientes 2
  • Dormitorios 1
  • Baños 2
  • Cocheras 1
  • Antigüedad 1 años
  • Estado Excelente
  • Orientación Norte
  • Disposición Frente
  • Sup. Propia 70,00 m2
  • Sup. Cubierta 60,00 m2
  • Sup. Balcón 10,00 m2
  • Movilidad Reducida
  • Expensas 0

U$S 4.000

ALQUILER

Concepcion Arenal 2900

Colegiales

ALQUILER DUPLEX 2 AMBIENTES AMOBLADO EN COLEGIALES / PALERMO CON BALCÓN Y COCHERA! Precio paquete, solo luz aparte. Exclusivo dúplex de diseño ubicado en el reconocido complejo Los Silos de Concepción, una antigua fábrica de granos de 1920 completamente reformada y convertida en un desarrollo residencial único. Su estilo moderno, los amplios ventanales y la luz natural en todos los ambientes lo convierten en una propiedad excepcional en el corazón de Palermo Hollywood. La unidad cuenta con 70 m² totales (60 m² cubiertos y 10 m² de balcón). En la planta principal dispone de una cocina completa integrada al living comedor, toilette y un amplio balcón con vistas abiertas. En la planta superior se encuentra el dormitorio principal con jacuzzi, baño completo y amplios placares. Todos los espacios se presentan totalmente amoblados, con mobiliario de calidad y equipamiento moderno. El edificio ofrece amenities de primer nivel: gran piscina rodeada de jardines, gimnasio, sauna y área de lavandería. Además, cuenta con seguridad permanente y cochera. Ubicado en Colegiales limite con Palermo Hollywood, una de las zonas más codiciadas de la ciudad, próxima a Colegiales / Palermo y rodeada de bares, restaurantes, productoras y espacios verdes. Excelente conectividad mediante avenidas principales y transporte público. "El inmueble cuenta con condiciones de accesibilidad para personas con movilidad reducida (Ley 5115)" No dudes en contactarte con nosotros, somos L.A. Propiedades. / *Las descripciones arquitectónicas, valores de expensas, impuestos o servicios, fotos y medidas de las propiedades son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes o discordancias con las que surjan de los las facturas, títulos o planos legales del inmueble. Se pondrá a disposición del interesado la documentación necesaria a fin de realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales la documentación que corresponda. *Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666). Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes", segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A. Todas las operaciones están a cargo de la martillera pública Jorgelina Bonetto Guerrero. CUCICBA 8780 - CABA Nancy Moscovich CMCPSI 1083 - Pcia de Buenos Aires


DETALLE DE LA PROPIEDAD

Cant. Pax: 4
Expensas: 0

ADICIONALES

Cochera
Balcón
Amoblado

*Las descripciones arquitectónicas, valores de expensas, impuestos o servicios, fotos y medidas de las propiedades son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes o discordancias con las que surjan de los las facturas, títulos o planos legales del inmueble. Se pondrá a disposición del interesado la documentación necesaria a fin de realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales la documentación que corresponda.
*Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666). Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes", segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.

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